/ miércoles 24 de julio de 2024

Comentarios constitucionales

Reformas al poder judicial (III): Selección de jueces en los Estados Unidos de América


En esta colaboración analizo cómo se realiza la selección de jueces en los Estados Unidos de América, país federal que cuenta con un sistema dual, pues hay justicia federal y justicia local, y tiene un alto grado de complejidad en la selección de las personas que desempeñan el cargo de juez en las diferentes instancias.

En el ámbito federal, el nombramiento de los jueces lo hace el presidente de la República luego que su propuesta es aprobada por el Senado, es decir, intervienen dos órganos depositarios de poder.

En sus orígenes, se pensó en tal sistema con la finalidad de que la selección no recayera en una sola persona, el titular del Poder Ejecutivo de la Unión, sino que hubiera un contrapeso por parte del Senado, órgano que representa a los estados de la Unión Americana, para que no se abusara del poder.

Con este sistema lo que ha pasado es que una buena parte de los jueces que han sido seleccionados, al menos en los últimos años, comparten la ideología del presidente que los nombró, lo cual se puede comprobar con las últimas sentencias que ha dictado la Corte Suprema. No obstante lo anterior, hay que mencionar que sí se toman en cuenta los méritos y para ello se consulta a los operadores del sistema de justicia, además que se hace una rigurosa investigación de diversos aspectos del candidato respectivo.

En el ámbito estatal, los congresos locales tienen amplia libertad para configurar su propio sistema de selección de jueces. Hay dos estados donde la elección la hace únicamente el congreso local, de tal manera que se excluye la participación del gobernador, pero tienen como límite las comisiones de nombramientos judiciales en las que participan miembros del Congreso y ciudadanos, y hacen propuestas de candidatos.

En muy pocos estados, el nombramiento lo hace gobernador, pero hay diferentes modalidades, por ejemplo, en Massachussetts, se debe contar con el consentimiento previo del Consejo del Gobernador compuesto por ocho ciudadanos elegidos por los propios ciudadanos; o bien, en California debe ser confirmado por la comisión de nombramientos judiciales compuesta por el presidente del tribunal en donde estará el juez, el fiscal general y un presidente de los tribunales de apelación.

En algunos estados hay elecciones judiciales partidistas, cuyo número se ha ido reduciendo debido a que hubo rechazo a la politización excesiva al intervenir los partidos políticos; sin embargo, algunos estados continúan con el sistema de elecciones, pero no partidistas. Después se puso en práctica un sistema mixto, que es el que prevalece en la actualidad en la mayoría de los estados que consiste en primero hacer una selección por méritos profesionales, para después dar paso a la confirmación por parte de los ciudadanos (retention elections).

En suma, en los Estados Unidos de América no hay un sistema único de selección de candidatos, pues su adopción ha dependido de una variedad de factores de diversa índole, entonces habría que analizar cada uno de ellos y sobre todo si les han dado los resultados esperados.


Reformas al poder judicial (III): Selección de jueces en los Estados Unidos de América


En esta colaboración analizo cómo se realiza la selección de jueces en los Estados Unidos de América, país federal que cuenta con un sistema dual, pues hay justicia federal y justicia local, y tiene un alto grado de complejidad en la selección de las personas que desempeñan el cargo de juez en las diferentes instancias.

En el ámbito federal, el nombramiento de los jueces lo hace el presidente de la República luego que su propuesta es aprobada por el Senado, es decir, intervienen dos órganos depositarios de poder.

En sus orígenes, se pensó en tal sistema con la finalidad de que la selección no recayera en una sola persona, el titular del Poder Ejecutivo de la Unión, sino que hubiera un contrapeso por parte del Senado, órgano que representa a los estados de la Unión Americana, para que no se abusara del poder.

Con este sistema lo que ha pasado es que una buena parte de los jueces que han sido seleccionados, al menos en los últimos años, comparten la ideología del presidente que los nombró, lo cual se puede comprobar con las últimas sentencias que ha dictado la Corte Suprema. No obstante lo anterior, hay que mencionar que sí se toman en cuenta los méritos y para ello se consulta a los operadores del sistema de justicia, además que se hace una rigurosa investigación de diversos aspectos del candidato respectivo.

En el ámbito estatal, los congresos locales tienen amplia libertad para configurar su propio sistema de selección de jueces. Hay dos estados donde la elección la hace únicamente el congreso local, de tal manera que se excluye la participación del gobernador, pero tienen como límite las comisiones de nombramientos judiciales en las que participan miembros del Congreso y ciudadanos, y hacen propuestas de candidatos.

En muy pocos estados, el nombramiento lo hace gobernador, pero hay diferentes modalidades, por ejemplo, en Massachussetts, se debe contar con el consentimiento previo del Consejo del Gobernador compuesto por ocho ciudadanos elegidos por los propios ciudadanos; o bien, en California debe ser confirmado por la comisión de nombramientos judiciales compuesta por el presidente del tribunal en donde estará el juez, el fiscal general y un presidente de los tribunales de apelación.

En algunos estados hay elecciones judiciales partidistas, cuyo número se ha ido reduciendo debido a que hubo rechazo a la politización excesiva al intervenir los partidos políticos; sin embargo, algunos estados continúan con el sistema de elecciones, pero no partidistas. Después se puso en práctica un sistema mixto, que es el que prevalece en la actualidad en la mayoría de los estados que consiste en primero hacer una selección por méritos profesionales, para después dar paso a la confirmación por parte de los ciudadanos (retention elections).

En suma, en los Estados Unidos de América no hay un sistema único de selección de candidatos, pues su adopción ha dependido de una variedad de factores de diversa índole, entonces habría que analizar cada uno de ellos y sobre todo si les han dado los resultados esperados.


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