/ miércoles 27 de noviembre de 2024

Comentarios constitucionales

La elección de personas juzgadoras


Se encuentra en marcha el proceso para integrar los listados de las candidaturas que participarán en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparán cargos en el Poder Judicial de la Federación (en adelante PJF).

Las personas electas ocuparán los siguientes cargos: ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; magistradas y magistrados: de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del PJF, del Tribunal de Disciplina Judicial, de Circuito, así como juezas y jueces de Distrito del PJF.

Luego que las reformas constitucionales en materia judicial entraron en vigor, el proceso electoral extraordinario del PJF dio inicio un día después, el 16 de septiembre. Con base en el decreto de reformas, el Senado de la República expidió la convocatoria en la que establecen las bases para realizar la elección y, posteriormente, los comités de evaluación de cada uno de los poderes expidieron las respectivas convocatorias públicas abiertas para participar en la evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria antes citada.

Entre las y los profesionales del Derecho hay posiciones encontradas, pues unos sostienen que si se estuvo en contra de la reforma constitucional en materia judicial, por congruencia, no se debería participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones, ni mucho menos en la elección extraordinaria.

En la posición contraria, otras personas profesionales del Derecho consideran que sí hay que participar -y sí se inscribieron- en las convocatorias, pues las reformas constitucionales ya que están en vigor y marcan el camino para acceder a esos cargos, además se trata de la elección de personas para ocupar cargos públicos, en relación con los cuales existe el derecho a participar siempre y cuando se reúnan los requisitos exigidos constitucionalmente.

Al respecto, me inclino por la segunda posición, ya que hay gente honesta, preparada - algunos con carrera judicial y otras personas con experiencia en el litigio, en la academia o en otros ámbitos-, que cumplen con los requisitos para ocupar un cargo en el PJF, quienes, sin duda, en caso de ser electas prestarán un gran servicio a la sociedad.

Considero que no hay que apostarle a que salga mal este proceso electoral, pues está en juego el futuro de la aplicación de la justicia en nuestro país, además que hay que reconocer que en el México contemporáneo no se había dado la apertura para que las personas profesionales del Derecho pudieran hacer oficial su deseo de ser integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, por ende, competir por ese cargo.

Para terminar, manifiesto que espero que haya objetividad e imparcialidad en la evaluación de los antecedentes profesionales y académicos, la buena fama y el perfil curricular, para que se seleccionen las candidaturas idóneas a la elección extraordinaria.


La elección de personas juzgadoras


Se encuentra en marcha el proceso para integrar los listados de las candidaturas que participarán en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparán cargos en el Poder Judicial de la Federación (en adelante PJF).

Las personas electas ocuparán los siguientes cargos: ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; magistradas y magistrados: de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del PJF, del Tribunal de Disciplina Judicial, de Circuito, así como juezas y jueces de Distrito del PJF.

Luego que las reformas constitucionales en materia judicial entraron en vigor, el proceso electoral extraordinario del PJF dio inicio un día después, el 16 de septiembre. Con base en el decreto de reformas, el Senado de la República expidió la convocatoria en la que establecen las bases para realizar la elección y, posteriormente, los comités de evaluación de cada uno de los poderes expidieron las respectivas convocatorias públicas abiertas para participar en la evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria antes citada.

Entre las y los profesionales del Derecho hay posiciones encontradas, pues unos sostienen que si se estuvo en contra de la reforma constitucional en materia judicial, por congruencia, no se debería participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones, ni mucho menos en la elección extraordinaria.

En la posición contraria, otras personas profesionales del Derecho consideran que sí hay que participar -y sí se inscribieron- en las convocatorias, pues las reformas constitucionales ya que están en vigor y marcan el camino para acceder a esos cargos, además se trata de la elección de personas para ocupar cargos públicos, en relación con los cuales existe el derecho a participar siempre y cuando se reúnan los requisitos exigidos constitucionalmente.

Al respecto, me inclino por la segunda posición, ya que hay gente honesta, preparada - algunos con carrera judicial y otras personas con experiencia en el litigio, en la academia o en otros ámbitos-, que cumplen con los requisitos para ocupar un cargo en el PJF, quienes, sin duda, en caso de ser electas prestarán un gran servicio a la sociedad.

Considero que no hay que apostarle a que salga mal este proceso electoral, pues está en juego el futuro de la aplicación de la justicia en nuestro país, además que hay que reconocer que en el México contemporáneo no se había dado la apertura para que las personas profesionales del Derecho pudieran hacer oficial su deseo de ser integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, por ende, competir por ese cargo.

Para terminar, manifiesto que espero que haya objetividad e imparcialidad en la evaluación de los antecedentes profesionales y académicos, la buena fama y el perfil curricular, para que se seleccionen las candidaturas idóneas a la elección extraordinaria.


ÚLTIMASCOLUMNAS
miércoles 27 de noviembre de 2024

Comentarios constitucionales

La elección de personas juzgadoras

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

miércoles 09 de octubre de 2024

Comentarios constitucionales

El sexo no debe determinar el destino de las mujeres 

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

miércoles 24 de julio de 2024

Comentarios constitucionales

Reformas al poder judicial (III): Selección de jueces en los Estados Unidos de América 

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

miércoles 05 de junio de 2024

Comentarios constitucionales

Triunfo contundente de Claudia Sheinbaum 

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

miércoles 22 de mayo de 2024

Comentarios constitucionales

A votar el próximo dos de junio 

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

miércoles 08 de mayo de 2024

Comentarios constitucionales

Eliminación de la discrecionalidad judicial en materia de suspensión 

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

miércoles 10 de abril de 2024

Comentarios constitucionales

Violación al principio de progresividad en materia de víctimas

Miguel Angel Rodriguez Vázquez

Cargar Más