Un tribunal colegiado desechó cinco amparos otorgados a empresas privadas contra la Ley de Hidrocarburos del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Se trata de la decisión del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, mismo que admitió las impugnaciones promovidas por la Secretaría de Energía (Sener).
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El 4 de mayo se promulgó la reforma a la Ley de Hidrocarburos, que dio facultades a la Sener y a la Comisión Reguladora de Energía para cancelar y negar permisos de importación, distribución y venta de combustibles a empresas privadas.
Ese mes, los privados obtuvieron los primeros amparos contra la ley que daría prioridad a Pemex en combustibles.
En un inicio el juez Rodrigo de la Peza y el magistrado Juan Pablo Gómez Fierro ordenaron la suspensión provisional a la Ley de Hidrocarburos, al considerar que “restringir la participación de las empresas privadas en el mercado de combustibles resultaba perjudicial”. Sin embargo, en su resolución, el Segundo Tribunal estableció que esta ley no afecta a las empresas por entrar en vigor, pues "están condicionadas al actuar tanto de las empresas como de las autoridades”.
Las suspensiones son los primeros pasos para que entre en vigor la reforma, que sólo se aplicará si se desechan los demás amparos, que suman más de 100.