Por presuntos actos en contra de la normativa electoral, en la omisión de presentar el plan de reciclaje para el periodo de campaña dentro del Proceso Electoral Local 2021-2022, de conformidad en la resolución, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), amonestó públicamente al Partido MORENA, y a las Agrupaciones Políticas Estatales, Sociedad Unida en Movimiento Activo y Movimiento Popular.
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En sesión extraordinaria 10, el día 2 de junio del presente año, el Consejo General del IEPC, presentó la Resolución, “mediante la cual se resuelve la queja presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de la C. Alma Marina Vitela Rodríguez, en su carácter de entonces candidata a la gubernatura del Estado de Durango por la coalición “Juntos Haremos Historia en Durango”, en alianza con el Partido del Trabajo (PT), y el Verde Ecologista de México (PVEM).
En el Acuerdo se determinó fundada la infracción del Partido MORENA, por lo que se impone amonestación pública, mientras que “se declaran INFUNDADAS las infracciones a los partidos PT, PVEM, MORENA y a la ciudadana Alma Marina Vitela Rodríguez”, respecto a la utilización de propaganda utilitaria de materiales no textiles y sin la leyenda “Reciclable”, al igual que entrega de dádivas.
En otro de los puntos del orden del día, se resolvió el Proyecto de Resolución del Consejo General del IEPC, respecto de las irregularidades contenidas en el Dictamen Consolidado, sobre el origen, monto y destino de los ingresos que recibió la Agrupación Política Estatal Movimiento Popular, correspondiente al ejercicio 2022.
En este caso en el Acuerdo de Resolución se estableció que “se aprueba el Dictamen consolidado y la Resolución de la Comisión de Fiscalización respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado, derivado de la revisión de los informes trimestrales y anual sobre el origen, monto y destino”, de los ingresos que recibió la agrupación política ya mencionada, por lo que considera sancionar mediante amonestación pública, y una multa de 15 UMAS.
Mientras que en el último punto del orden del día, fue aprobada también, la Resolución respecto de las irregularidades contenidas en el Dictamen Consolidado, “derivado de la revisión de los informes trimestrales y anual sobre el origen, monto y destino de los ingresos que recibió bajo cualquier modalidad de financiamiento la Agrupación Política Estatal Sociedad Unida en Movimiento Activo, correspondiente al ejercicio 2022”.
Una vez acreditadas las infracciones por parte de la citada agrupación política, el Órgano Colegiado considera sancionar mediante una amonestación pública, y mediante una multa de 10 UMAS, y se ordena dar vista al SAT, con relación al pago de impuestos pendiente de la Agrupación Política Estatal, para los efectos a que haya lugar en el ámbito de sus atribuciones.