La falta de recursos económicos no es impedimento para que el padre del menor obtenga la guarda y custodia y convivencia del hijo, puede ser el mismo padre quien la posea, declaró el abogado, asesor de la Defensoría Pública del Poder Judicial del Estado, Marco Antonio Juárez Ríos, quien destacó el padre puede no tener la custodia del menor pero no puede perder la patria potestad ni la convivencia.
Lo anterior se desprendió de la charla que se tuvo con el litigante en el programa “En el Juzgado”, organizado por El Sol de Durango, todos los jueves en punto de las 16:30, desde donde asesoró a nuestros seguidores sobre diversos supuestos que tienen que tienen que ver con la guarda y custodia y convivencia.
Declaró que siempre que se presenta un divorcio o una separación de cónyuges en caso de que no estén casados y se tienen hijos, surgen diversas interrogantes: con quién se quedan los hijos, quién deberá de cuidarlos, se pierde el derecho a convivir con ellos, se pierden los derechos y obligaciones que se tienen con el menor, siempre tiene que ser la mamá la que se encargue de cuidar a los menores, los hijos pueden decir con cuál de los padres se queda.
Durante la plática con el abogado, dijo que al momento de la separación se puede presentar el caso en donde se inicie un litigio por la custodia de los hijos, o se pueda llegar a un buen arreglo anteponiendo siempre el interés mayor de los hijos.
Cuando no hay acuerdos por la guarda y custodia de los hijos, el juez deberá de decidir con cuál de los padres es más sano que estén los hijos, e incluso en el caso de que ninguno de los padres lo sean pueden ser los familiares directos como los abuelos o el mismo Estado.
Precisó que el hecho de que uno de los padres se quede con la guarda y custodia del o los menores, esto no significa que quien esté a cargo de los menores tenga que absorber todos los gastos, el padre o la madre que no tenga la custodia, tienen la obligación de ayudar en los gastos al que se quede con los hijos, según lo determine el juzgador.
Indicó que el poder adquisitivo, no es motivo para que el padre sea privilegiado con la guarda de los hijos, aquí se tiene que ir mas allá, aquí lo que importa es la atención y cuidados que se le van a brindar al infante. Puede la madre o el padre no tener dinero, pero sí el tiempo y la calidad para cuidar al hijo, mientras que el otro padre sea la mamá o el papá tendrán que trabajar para alimentarlo, vestirlo, otorgarle atenciones médicas y educación.
Ya hay casos en donde el padre varón se quede con el hijo, pues ya tiene la posibilidad de una guardería para que se lo cuiden mientras trabaja, aquí en Durango ya se han presentado este tipo de casos.
Con respecto a que si uno de los cónyuges pierde la patria potestad por no tener la guarda y custodia, expresó que definitivamente no se pierden ni los derechos ni las obligaciones que se tienen con los hijos, y uno de los derechos que posee es el de tener la convivencia.
Otro de los puntos que destacó, fue que ya en estos tiempos modernos, los hijos a criterio del juez pueden decidir con cuál de los dos padres se quieren estar, hoy ya se les toma en cuenta en esa decisión, puesto que se busca el interés mayor de los menores de edad: proteger la integridad física y moral, garantizarles un sano desarrollo.