A través de los diferentes mecanismos enmarcados en el sistema acusatorio adversarial, es decir, mediante juicios orales, poco más de 300 personas han obtenido su libertad aunque en algunos casos, con las condiciones establecidas por el juez de control.
El Poder Judicial del Estado de Durango continúa celebrando las audiencias en materia penal, bajo las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud de Durango (SSD) para evitar la propagación del Covid-19.
Durante mayo del año 2020, en los Tribunales de Control se realizaron 188 revisiones de la medida cautelar a petición de la defensa de los imputados en la comisión de un delito, quienes solicitaron la modificación de la prisión preventiva.
Además a 28 personas se les otorgó la suspensión condicional del proceso, beneficio al que pueden acceder las personas que cumplen con los requisitos enmarcados en el Código Nacional de Procedimientos Penales artículos 191 al 200, es decir, aquellos cuya pena no exceda los cinco años, que no exista una oposición fundada por parte de la víctima, entre otros.
En los Juzgados de Ejecución, donde se revisa el cumplimiento de las condenas y sanciones impuestas por los jueces de control o Tribunal de Enjuiciamiento, se sustituyó en 22 casos la prisión impuesta a la persona juzgada y encontrada culpable de haber cometido un delito.
En 49 casos se otorgó la suspensión condicional de la condena, beneficio que se otorga a la persona que haya delinquido por primera vez; que tenga modo honesto de vivir y haya observado buena conducta con anterioridad al delito, probada por hechos positivos; que la duración de la pena de prisión no exceda de tres años y que haya pagado o cubierto la reparación del daño.
En 44 casos más se otorgó la libertad a personas que cumplieron con el tiempo impuesto por los juzgadores, asimismo a aquellos que además hayan obtenido el beneficio de la remisión de la pena la cual consiste en que por cada dos días de trabajo, se reduce uno de prisión.
En cinco casos se otorgó la remisión de la pena con tratamiento preliberacional, esto significa que se les concedió salidas diarias a trabajar o estudiar con reclusión nocturna y salida los sábados y domingos para convivir con su familia y la reclusión los sábados y domingos para tratamiento técnico.
Toda vez que en estos cinco casos se comprobó el cumplimiento del tratamiento preliberacional, se otorgó la libertad definitiva a la persona que se encontraba recluida.
En total 335 personas se vieron beneficiadas con la libertad bajo las condiciones enmarcadas en el Código Penal del Estado de Durango, el Código Nacional de Procedimientos Penales así como la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Durango.