La Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco), refirió con detalle el tipo de empresas catalogadas como esenciales y que por ende, podrán continuar su funcionamiento, como parte de las medidas tendientes a disminuir la posibilidad de incremento en los contagios por el COVID-19.
El funcionario estatal asentó que solamente podrán continuar en funcionamiento las siguientes actividades consideradas esenciales:
Las que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria, como aquellas actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud. También los que participan en su abasto servicios y proveeduría entre las que destacan el sector farmacéutico, tanto en su producción como en su distribución, es decir, farmacias, manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud.
De igual manera, los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológicos y biológico infecciosas, así como la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención.
Asimismo aquellas instancias dedicadas a la Seguridad Pública y la Protección Ciudadana en la defensa de la integridad y la soberanía nacional, como es la procuración e impartición de Justicia, así como la actividad legislativa en los niveles federales y estatales.
Las de los sectores fundamentales de la economía financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, como gasolineras, de generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercado de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados.
Mencionó luego: servicio de transporte de pasajeros y de carga, producción agrícola, pesquera, pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza, ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada, guarderías y estancias infantiles, asilos de estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia sus hijas e hijos.
Telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales, logística en aeropuertos, puertos y ferrocarriles, así como actividades cuya suspensión puede tener efectos irreversibles para su continuación.
En el segundo inciso, Ramón Tomás Dávila, asentó aquellas relacionadas directamente con la operación de programas sociales de gobierno.
Fianalmente, las necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables, a saber: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, entre otros más que pudieran listarse en esta categoría