Luego de que fue aprobado en el Congreso del Estado, que violentadores y de deudores alimentarios no podrán ocupar cargos de elección popular, ahora tampoco podrán hacerlo en cargos de organismo autónomos, de acuerdo a la iniciativa de reformas a la Constitución Política del Estado, presentada por el diputado local del PAN, Fernando Rocha Amaro, por lo que será incluido entre los requisitos para la designación de los titulares de los organismos autónomos.
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Explicó “como órganos constitucionales autónomos están considerados: la Comisión Estatal de Derechos Humanos; el Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales; el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana; el Tribunal Electoral del Estado; el Instituto de Evaluación de Políticas Públicas; el Tribunal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción”.
Dijo que es así como el grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, a través de esta iniciativa propone la modificación del artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango.
El diputado recordó que recientemente se realizaron modificaciones a la Constitución local, en las que se hacen especificaciones de los requisitos para acceder a los cargos de gobernadora o gobernador del Estado, diputada o diputado, magistrado o magistrada, así como para ser electas como presidente, síndico o regidores.
Se prevé incluir un párrafo, en el que se especifiquen ciertos requisitos para acceder a los puestos, cuyo nombramiento sea atribución del Congreso de Durango, como los titulares e integrantes de los consejos, comisiones u órganos directivos, consejos consultivos o de gobierno, de los órganos constitucionales autónomos de la entidad, además de no haber sido sentenciada o sentenciado con resolución firme de autoridad judicial competente.
Tampoco por la comisión de delito intencional que amerite pena privativa de libertad, o por actos de corrupción que ameriten la inhabilitación para ocupar cargos públicos, por delitos de violencia política contra las mujeres por razones de género, al igual que no contar con antecedentes penales por violencia familiar, hostigamiento sexual, acoso sexual, abuso sexual, violación, feminicidio, y no estar incluido en el registro de deudores alimentarios.