El 5.6% de empresas no cumplen con sus obligaciones ante el Infonavit

Los patrones deben cumplir con sus aportaciones para que el trabajador pueda acceder a una vivienda propia

Juan Hernández | El Sol de Durango

  · miércoles 16 de agosto de 2023

La multa impuesta por la omisión de pago puede ir del 55 al 75 % de la contribución omitida / Foto: archivo | Lulú Murillo | El Sol de Durango

A pesar de la situación compleja que existe en la economía de Durango, el 94.4 por ciento de las 14 mil 482 empresas sí cumplen de manera regular con sus obligaciones ante el Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), solamente una minoría incumplen.

El delegado del Infonavit, Luis Fernando Hernández Ozuna, manifestó que apenas el 5.6 por ciento de las empresas registradas ante el Infonavit, incumplen en sus obligaciones que tienen como patrones ante el instituto cada bimestre.

Destacó que dentro de las obligaciones que tiene la parte patronal o las empresas para con el Infonavit, es el pago de las aportaciones patronales, es decir, el cinco por ciento del salario de los trabajadores a su servicio, para abonarlo en la Subcuenta de Vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores.

Otra de las obligaciones que tiene el patrón con el Infonavit, es la amortización de los créditos de los trabajadores de manera puntual.

Los patrones deben cumplir con sus aportaciones para que el trabajador pueda acceder a una vivienda propia / Foto: cortesía | Infonavit

El hecho de que los empresarios cumplan con sus obligaciones ante el Infonavit, le da la oportunidad al trabajador de hacer efectivo su derecho a un crédito para una vivienda propia o mejorar la que ya tenga; pero además permite que el colaborador tenga un mejor fondo al momento de su retiro, de ahí la importancia de que todos cumplan con sus obligaciones.

Destacó que de acuerdo a la propia Ley del Infonavit y del Código Fiscal Federal le da la obligación y facultad de cobrar e imponer multas por la omisión total o parcial de las aportaciones y/o amortizaciones de crédito.

La multa impuesta por la omisión de pago puede ir del 55 por ciento al 75 por ciento de la contribución omitida, declaró el delegado.

Agregó que cuando las empresas no realizan su pago de manera oportuna esta autoridad realiza acciones de cobranza persuasiva o coactiva, que van del requerimiento del pago hasta el embargo para garantizar el pago de dichas omisiones.