El Poder Judicial recibirá demandas urgentes

Ante la ampliación de medidas sanitarias se tendrán guardias para asuntos urgentes como juicios alimenticios, consignación y entrega de pensiones

Jesús Ismael Hernández | El Sol de Durango

  · lunes 20 de abril de 2020

Foto: Ángel Meraz | El Sol de Durango

A partir de este lunes 20 de abril, las oficialías de partes de los juzgados familiares de primera instancia del Poder Judicial del Estado de Durango, abren sus puertas para recibir demandas en asunto urgentes como lo son el trámite de pensiones alimenticias, así como promociones y escritos de juicios ya iniciados.

Así lo determinaron los plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, mediante acuerdo general 4/2020 en materia familiar, por el que se ampliaron las medidas para evitar la propagación de la pandemia de Covid-19 en la entidad.

Se consideran como urgentes, las demandas de juicios de alimentos, consignación y entrega de billetes de depósito, separación provisional de personas y custodia provisional de menores de edad, medidas de protección en casos de violencia familiar y depósito de menores, y todos aquellos que a consideración del juzgador representen un riesgo en la salud, integridad y bienestar de infantes, personas o familias.

Tal catálogo es de carácter enunciativo más no limitativo, ya que la propia naturaleza de la materia familiar privilegia la apreciación que efectúe la autoridad jurisdiccional de cada caso en particular, la cual deberá proveer lo correspondiente a las medidas urgentes, cautelares y provisionales necesarias.

El horario laboral provisional de las oficialías de partes y los órganos jurisdiccionales en materia familiar, en los 13 distritos judiciales repartidos en el territorio estatal, es de las 9:00 a las 15:00 horas, de lunes a viernes.

Por otra parte mediante el acuerdo en mención, se aprobó la adopción de medidas extraordinarias en materia de convivencia familiar, para privilegiar las convivencias a través de medios electrónicos, como lo son las video llamadas, llamadas telefónicas, correos electrónicos y toda herramienta tecnológica que permita la comunicación efectiva entre el infante con su padre o madre.

Lo anterior, con el propósito de salvaguardar el derecho de los infantes a convivir con el padre o madre del cual viven separados, y así garantizar un efectivo ejercicio de tal derecho, para lo cual el Centro de Convivencia Familiar (CECOFAM), a indicación del Juez será el responsable de dar puntual seguimiento a tales indicaciones.