A partir del 11 de febrero y hasta el 3 de abril del presente año estará vigente el periodo de intercampaña electoral; fase del proceso que transcurre del día siguiente al que terminan las precampañas al día anterior al inicio de las campañas.
Se informa por parte del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, que éste no es un periodo para la competencia electoral, ya que tiene por objeto poner fin a una etapa de preparación de los partidos de cara a la jornada electoral y abre un espacio para que se resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de candidatos a elección popular.
En este periodo se encuentran sujetos a ciertas limitantes que tienen como objetivo primordial asegurar la equidad en la contienda; es decir, que el contenido de la propaganda que se difunda en este periodo debe tener solo un carácter de tipo informativo.
En esta etapa no se permite la difusión de propaganda electoral, porque consiste en presentar y promover ante la ciudadanía una candidatura o partido para colocarlo en las preferencias electorales, a través de la exposición de los programas y acciones contenidos en los documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral, con el objeto de mantener informada a la ciudadanía respecto a las opciones de las personas presentadas por los partidos políticos en las candidaturas y las propuestas de gobierno que sustentan.
Durante la intercampaña, la libertad de expresión de las personas, así como el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento.
Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidatos y candidatos postulados, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.