/ viernes 7 de febrero de 2020

Empresas locales sí reciben obra: SCT

La mayor derrama económica con la ejecución de las mismas se quedó en el estado de Durango

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes informó que para el ejercicio 2019 este Centro SCT Durango llevó a cabo 123 contrataciones de obra pública, de las cuales 93 se asignaron a empresas locales y 30 a empresas de otras entidades federativas, por lo que la mayor derrama económica con la ejecución de las obras publicas se quedó en el estado de Durango. Asimismo, en el presente ejercicio 2020 se tiene programado 79 licitaciones, ya se han asignado 38 contratos, de las cuales 31 se asignaron a empresas locales y 7 a empresas de otras entidades federativas.

Lo anterior fue dado a conocer por el Centro SCT Durango, a través de un comunicado de prensa en donde se explica que por condiciones contractuales tienen la obligación de contratar mano de obra de la región, con los beneficios que esto conlleva.

En esta dependencia nos regimos bajo el principio de seguridad jurídica y de legalidad, es decir, en el cumplimiento exacto de la normatividad que nos rige, por lo tanto, toda licitación se llevará a cabo bajo el fundamento del artículo 134 Constitucional y sus Leyes Reglamentarías, bajo la modalidad de licitación pública que permita la libre presentación de proposiciones.

Las licitaciones públicas que se han efectuado en este Centro SCT fueron convocadas con el carácter de nacional, por ende, pueden participar en ellas todo aquel ciudadano mexicano interesado o persona moral constituida legalmente en el territorio nacional, esto en términos del artículo 30 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ahora bien, las bases de licitación son las reglas mediante el cual se lleva a cabo el procedimiento de selección de la propuesta solvente más conveniente para el estado, mismas que se encuentran avaladas por el Comité de Obras Públicas de esta Secretaría, integrado entre otras autoridades por un representante de la Función Pública, en el entendido que en términos del artículo 31 de la Ley antes mencionada no se podrán establecer en las bases de licitación requisitos que tengan por objeto o efecto de limitar el proceso de competencia o libre concurrencia a la misma.

En términos del artículo 38 de la Ley mencionada en el párrafo que antecede, para efectuar la evaluación de las proposiciones que se presentan en cada licitación, se deberá verificar que las mismas cumplan con los requisitos solicitados previamente en las bases de la convocatoria de que se trate, y así, estar en posibilidad de determinar la solvencia de las mismas, esto dependiendo de las características, complejidad y magnitud de los trabajos por realizar.

Es importante destacar que existen dos métodos de evaluación para comprobar la solvencia de una proposición según lo establece el artículo 63 del Reglamento de la Ley multicitada y que según sea el caso en particular, puede ser por el mecanismo Binario que consiste en determinar la solvencia a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante; y el mecanismo de puntos y porcentajes que consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir del número de puntos o unidades porcentuales que obtengan las proposiciones conforme la ponderación establecida desde la convocatoria a la licitación pública.

Para determinar que procedimiento se va a autorizar en cada licitación depende principalmente en el monto de la obra a ejecutar, para el método binario siempre se aplicará a obras menores de 10,000 veces el salario mínimo elevado al mes convertido a UMA (26 MDP) y todas las obras superiores a ese monto forzosamente se tendrán que evaluar las proposiciones por el método de puntos y porcentajes.

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones según el método propuesto desde la convocatoria, la obra se adjudicará a aquella que resulta ser solvente, “porque reúne conforme a los criterios de adjudicación establecidos previamente en la convocatoria a quién presente la proposición que asegure las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”; en el método Binario, se adjudicará el contrato a aquella proposición que haya sido calificada como solvente y presente la propuesta económica más baja y en el método de puntos y porcentajes se adjudicará a aquella proposición que haya cumplido con todos los parámetros establecidos en la convocatoria y que haya obtenido dentro de las proposiciones solventes el mayor número de puntos o unidades porcentuales, y no aquella proposición que haya ofertado el monto más bajo, sin que haya cumplido con todos los aspectos técnicos, económicos y legales solicitados.

En el presente ejercicio 2020 se tiene programado llevar a cabo 79 licitaciones de obra pública y servicios, algunas de ellas iniciaron su procedimiento en noviembre de 2019, a la fecha se han asignado 38 contratos, y se encuentra en proceso de licitación 13 y 28 están por licitarse. De las 38 falladas, 31 se asignaron a empresas locales y 7 a empresas de otras entidades federativas.

No obstante, es importante mencionar que todas las etapas de nuestros procedimientos licitatorios se encuentran en el sistema Compranet, y por ende, bajo el escrutinio de la opinión pública, refrendando así la transparencia de nuestra actuación.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes informó que para el ejercicio 2019 este Centro SCT Durango llevó a cabo 123 contrataciones de obra pública, de las cuales 93 se asignaron a empresas locales y 30 a empresas de otras entidades federativas, por lo que la mayor derrama económica con la ejecución de las obras publicas se quedó en el estado de Durango. Asimismo, en el presente ejercicio 2020 se tiene programado 79 licitaciones, ya se han asignado 38 contratos, de las cuales 31 se asignaron a empresas locales y 7 a empresas de otras entidades federativas.

Lo anterior fue dado a conocer por el Centro SCT Durango, a través de un comunicado de prensa en donde se explica que por condiciones contractuales tienen la obligación de contratar mano de obra de la región, con los beneficios que esto conlleva.

En esta dependencia nos regimos bajo el principio de seguridad jurídica y de legalidad, es decir, en el cumplimiento exacto de la normatividad que nos rige, por lo tanto, toda licitación se llevará a cabo bajo el fundamento del artículo 134 Constitucional y sus Leyes Reglamentarías, bajo la modalidad de licitación pública que permita la libre presentación de proposiciones.

Las licitaciones públicas que se han efectuado en este Centro SCT fueron convocadas con el carácter de nacional, por ende, pueden participar en ellas todo aquel ciudadano mexicano interesado o persona moral constituida legalmente en el territorio nacional, esto en términos del artículo 30 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ahora bien, las bases de licitación son las reglas mediante el cual se lleva a cabo el procedimiento de selección de la propuesta solvente más conveniente para el estado, mismas que se encuentran avaladas por el Comité de Obras Públicas de esta Secretaría, integrado entre otras autoridades por un representante de la Función Pública, en el entendido que en términos del artículo 31 de la Ley antes mencionada no se podrán establecer en las bases de licitación requisitos que tengan por objeto o efecto de limitar el proceso de competencia o libre concurrencia a la misma.

En términos del artículo 38 de la Ley mencionada en el párrafo que antecede, para efectuar la evaluación de las proposiciones que se presentan en cada licitación, se deberá verificar que las mismas cumplan con los requisitos solicitados previamente en las bases de la convocatoria de que se trate, y así, estar en posibilidad de determinar la solvencia de las mismas, esto dependiendo de las características, complejidad y magnitud de los trabajos por realizar.

Es importante destacar que existen dos métodos de evaluación para comprobar la solvencia de una proposición según lo establece el artículo 63 del Reglamento de la Ley multicitada y que según sea el caso en particular, puede ser por el mecanismo Binario que consiste en determinar la solvencia a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante; y el mecanismo de puntos y porcentajes que consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir del número de puntos o unidades porcentuales que obtengan las proposiciones conforme la ponderación establecida desde la convocatoria a la licitación pública.

Para determinar que procedimiento se va a autorizar en cada licitación depende principalmente en el monto de la obra a ejecutar, para el método binario siempre se aplicará a obras menores de 10,000 veces el salario mínimo elevado al mes convertido a UMA (26 MDP) y todas las obras superiores a ese monto forzosamente se tendrán que evaluar las proposiciones por el método de puntos y porcentajes.

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones según el método propuesto desde la convocatoria, la obra se adjudicará a aquella que resulta ser solvente, “porque reúne conforme a los criterios de adjudicación establecidos previamente en la convocatoria a quién presente la proposición que asegure las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”; en el método Binario, se adjudicará el contrato a aquella proposición que haya sido calificada como solvente y presente la propuesta económica más baja y en el método de puntos y porcentajes se adjudicará a aquella proposición que haya cumplido con todos los parámetros establecidos en la convocatoria y que haya obtenido dentro de las proposiciones solventes el mayor número de puntos o unidades porcentuales, y no aquella proposición que haya ofertado el monto más bajo, sin que haya cumplido con todos los aspectos técnicos, económicos y legales solicitados.

En el presente ejercicio 2020 se tiene programado llevar a cabo 79 licitaciones de obra pública y servicios, algunas de ellas iniciaron su procedimiento en noviembre de 2019, a la fecha se han asignado 38 contratos, y se encuentra en proceso de licitación 13 y 28 están por licitarse. De las 38 falladas, 31 se asignaron a empresas locales y 7 a empresas de otras entidades federativas.

No obstante, es importante mencionar que todas las etapas de nuestros procedimientos licitatorios se encuentran en el sistema Compranet, y por ende, bajo el escrutinio de la opinión pública, refrendando así la transparencia de nuestra actuación.

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