/ sábado 13 de julio de 2024

En marcha padrón de deudores alimentarios

¿Eres deudor alimentario?, si apareces en el registro del Poder Judicial de Durango, pronto no podrás realizar trámites básico

El pasado 5 de julio entró en vigor el padrón de deudores alimentarios a nivel nacional, esto pese a que la legislación local aún no está homologada con la federal, sin embargo tras una reunión con todos los jueces que llevan la materia familiar en Durango, se ha comenzado a cargar la información a través de la Dirección de Estadística en donde se concentra toda la información de los diversos juzgados para determinar quiénes entran en ese supuesto.

De acuerdo con el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Ángel Gerardo Bonilla Saucedo, de las 19 mil 292 demandas que ingresan, el 42 por ciento son del orden familiar, con ocho mil 491, y de estas al menos 18 por ciento son juicios por pensión alimenticia.

Explicó que aunque la mayoría de los deudores alimentarios son hombres, también existen casos de mujeres, “hay que recordar que desde que se les pide, son deudores, la diferencia es la morosidad, que estamos hablando de 60 días”, comentó Bonilla Saucedo, al señalar que esto es lo que marca la legislación federal, pues aún no se tiene un término establecido para el estado, aunque al ser una ley general, se debe dar cumplimiento a eso.


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De ahí que una vez que se cumplen ese plazo, y siguen sin ponerse al corriente, son registrados en el padrón nacional que está a cargo del Sistema Nacional DIF, a través del cual se obliga a uno de los padres al pago de una pensión alimenticia para las y los hijos, pues con frecuencia un alto porcentaje de estos no cumple con dicha obligación.

Quienes incumplen con sus obligaciones alimentarias y se encuentren dentro de este padrón, se les impedirá salir del país, tramitar licencias de manejo, ocupar cargo en el servicio público y realizar operaciones de compraventa de inmuebles.

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, señaló que aún se tienen dudas en relación a la aplicación de dicha reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; pues desconocen si es necesario que se registren todos ante la presencia de apartados como morosos y no morosos.

“La idea es proteger el interés superior del menor, eso es lo que cubre ese derecho y con esto reducir ese porcentaje”, comentó luego de establecer algunas de las limitantes que se tiene al ser moroso alimentario, no obstante el Poder Judicial del estado solicitará al Congreso del Estado diversas reformas en ese rubro, ya que la intención es que este catálogo se amplié incluso a jueces y magistrados.

Se trata de un proceso que será largo, al menos de un año pues son muchas las partes que conlleva este proceso, por ejemplo cuando se trata de empresas particulares, la autoridad no tiene injerencia, por lo que se enteran hasta que la parte afectada avisa.


“Estamos hablando de un periodo de 25 años lo que tenemos que revisar, tanto hacia atrás, como hacia delante”, y es que hay tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde se señala que mientras los hijos no consigan un trabajo digno deben seguir cubriendo la alimentación, “hablamos de un promedio de hasta los 25 años, si están estudiando y cumplen ciertos requisitos”, explicó.

El pasado 5 de julio entró en vigor el padrón de deudores alimentarios a nivel nacional, esto pese a que la legislación local aún no está homologada con la federal, sin embargo tras una reunión con todos los jueces que llevan la materia familiar en Durango, se ha comenzado a cargar la información a través de la Dirección de Estadística en donde se concentra toda la información de los diversos juzgados para determinar quiénes entran en ese supuesto.

De acuerdo con el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Ángel Gerardo Bonilla Saucedo, de las 19 mil 292 demandas que ingresan, el 42 por ciento son del orden familiar, con ocho mil 491, y de estas al menos 18 por ciento son juicios por pensión alimenticia.

Explicó que aunque la mayoría de los deudores alimentarios son hombres, también existen casos de mujeres, “hay que recordar que desde que se les pide, son deudores, la diferencia es la morosidad, que estamos hablando de 60 días”, comentó Bonilla Saucedo, al señalar que esto es lo que marca la legislación federal, pues aún no se tiene un término establecido para el estado, aunque al ser una ley general, se debe dar cumplimiento a eso.


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De ahí que una vez que se cumplen ese plazo, y siguen sin ponerse al corriente, son registrados en el padrón nacional que está a cargo del Sistema Nacional DIF, a través del cual se obliga a uno de los padres al pago de una pensión alimenticia para las y los hijos, pues con frecuencia un alto porcentaje de estos no cumple con dicha obligación.

Quienes incumplen con sus obligaciones alimentarias y se encuentren dentro de este padrón, se les impedirá salir del país, tramitar licencias de manejo, ocupar cargo en el servicio público y realizar operaciones de compraventa de inmuebles.

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, señaló que aún se tienen dudas en relación a la aplicación de dicha reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; pues desconocen si es necesario que se registren todos ante la presencia de apartados como morosos y no morosos.

“La idea es proteger el interés superior del menor, eso es lo que cubre ese derecho y con esto reducir ese porcentaje”, comentó luego de establecer algunas de las limitantes que se tiene al ser moroso alimentario, no obstante el Poder Judicial del estado solicitará al Congreso del Estado diversas reformas en ese rubro, ya que la intención es que este catálogo se amplié incluso a jueces y magistrados.

Se trata de un proceso que será largo, al menos de un año pues son muchas las partes que conlleva este proceso, por ejemplo cuando se trata de empresas particulares, la autoridad no tiene injerencia, por lo que se enteran hasta que la parte afectada avisa.


“Estamos hablando de un periodo de 25 años lo que tenemos que revisar, tanto hacia atrás, como hacia delante”, y es que hay tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde se señala que mientras los hijos no consigan un trabajo digno deben seguir cubriendo la alimentación, “hablamos de un promedio de hasta los 25 años, si están estudiando y cumplen ciertos requisitos”, explicó.

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