Existe una sentencia judicial donde se le ordena a la Secretaría de Salud reparación del daño en el caso de una menor que solicitó un aborto producto de violación y tuvo que realizarlo en la Ciudad de México, sin embargo esta dependencia metió un recurso de revisión.
Respecto de este caso explicó Julieta Hernández Camargo, que existe el caso de una menor en 2016 solicitando se le practicara un aborto y que no se le hizo y tuvo que acudir a la Ciudad de México para que se le hiciera este procedimiento. Sin embargo dice que se demandó la reparación del daño por la serie de gastos que se generaron.
Reconoció que este caso correspondió al sexenio pasado y en la nueva administración fue cuando ya se solicitó la reparación del daño y el subdirector jurídico de la Secretaría de Salud, Alan Manzur Ceniceros, metió un recurso de revisión en contra de la sentencia que ya ordena la reparación integral del daño con fecha 24 de octubre del 2018.
Un juez federal ordenó que se le indemnizara a esta jovencita y está en impugnación, aunque aseguró la informante que se solicitó la practica del aborto y las autoridades de aquel entonces no quisieron practicarlo, aún cuando fue producto de una violación y por ello hubo necesidad de irse a la Ciudad de México donde si se lo hicieron.
Dejó en claro que la Secretaría de Salud se opone a que se dé cumplimiento a la sentencia, tienen un amplio argumento donde destacan que no hubo violaciones a los Derechos Humanos y una serie de puntos a su favor. Hay fundamentos legales para haber solicitado un aborto en aquel momento y al negársele por ello recurren al pago de una indemnización, argumentó la entrevistada.