La aprobación del registro de dos agrupaciones políticas por parte del IEPC es ilegal, violenta la legislación electoral, pasó por alto disposiciones contenidas en los artículos 25, 26 y 27 del Reglamento de Agrupaciones Políticas, por lo que este acto será impugnado jurídicamente ante el Tribunal Electoral, denunció el representante del Partido del Trabajo (PT) ante el Consejo General de órgano electoral, Bertín Arias Medrano.
Los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana aprobaron ilegalmente el registro de las agrupaciones políticas “Reacciona” y “Ciudadanos por la democracia”, consignó el abogado del PT, quien expuso que uno de los requisitos que deben cumplir por ley las solicitudes de registro es que se realicen visitas domiciliarias para entrevistar a las personas aportadas como afiliadas y así verificar si su intención de adherirse fue individual, voluntaria y libre.
Lo anterior, agregó, fue reconocido por los propios consejeros del IEPC quienes argumentaron que no se iba a realizar esta verificación y cumplir con el requisito legal “por la situación del Covid-19”.
Esto, acotó el representante del PT, es una evidente violación a los artículos 25, 26 y 27 del Reglamento de Agrupaciones Políticas y a los acuerdos IEPC/CG/09/2020 y IEPC/CG/10/2020 del mismo instituto, donde se ordenaron las verificaciones de campo.
Por ello en su carácter de representante del Partido del Trabajo ante el Consejo General del IEPC, dio a conocer que se impugnarán ante el Tribunal Electoral de Estado estos ilegales registros por violentar el estado de derecho aprovechándose de la pandemia que padece el mundo y porque hay versiones de que estas agrupaciones políticas las promueve José Ramón Enríquez Herrera.