MAPIMÍ, Dgo. (OEM).- El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Durango dio negativa al Ayuntamiento de Mapimí que preside la alcaldesa, Marisol Peña Rodríguez, sobre el cobro de un impuesto que pretendía realizar a productores de melón y sandía de la localidad.
Cabe señalar que el municipio de Mapimí mandó una circular el pasado 8 de julio luego de que en sesión de cabildo realizada dos días antes, autorizaron cobrarles a los meloneros que tendrían que pagar 10 mil pesos por el Derecho de Uso de Suelo para el Empaque, así como 4 mil pesos por Derecho de Suelo para Lavadoras y 150 pesos por Derecho de Uso de Suelo de Vía de Camión Transportador.
Sin embargo, dicho Tribunal deja sin efecto la aprobación por parte de la mayoría del Cabildo, de unos cobros que afectarían a los productores y vendedores de melón y sandía de la comunidad de Ceballos.
El Tribunal consideró que debe prevalecer el bienestar colectivo ante el impacto de la pandemia por el Covid-19 y atendió el señalamiento de que dichos cobros no aparecen en la Ley de Ingresos 2020 de Mapimí, razón por la cual los productores quejosos los consideran ilegales.
El día 16 de julio del presente año, Mario Alberto Melero Nava, octavo regidor de extracción de Morena en Mapimí y el presidente de la Junta de Gobierno, Fernando Reverté Granados, además de la Sociedad denominada Meloneros del Norte de Ceballos S.C. de R.L. promovieron los Juicios Contenciosos Administrativos en contra del cobro al considerarlos ilegales e inconstitucional además de advertir que la venta solo dura 4 meses, desde de mayo a agosto.
Los regidores del ayuntamiento lamentaron la ambición desmedida de la presidenta municipal, Marisol Peña, quienes querían enriquecerse cobrando ilegalmente un “impuesto” a costa del sudor y el esfuerzo de los productores de melón y sandía de Ceballos, declaró Melero Nava.
Con la presentación de los juicios contenciosos administrativos presentados en el Tribunal se impugnó la ilegalidad del acuerdo Número 8 del acta de sesión extraordinaria número 24 de fecha 6 de julio de 2020 de la cual derivó la circular de fecha 08 de julio de 2020, en cuyo contenido se aprecian cobros.
Sin embargo, les fue concedida a los demandantes la medida cautelar, de ahí que no se les deberá cobrar pago de derechos correspondientes a la compra-venta 2020 de melón y sandía y dicha medida estará vigente en tanto se resuelve el fondo de cada asunto.
El acuerdo tomado por la Segunda Sala Ordinaria del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Durango (expediente TJA/SS/MF/170/2020), señala; “Se concede la suspensión para efecto de que se mantengan las cosas hasta antes de la sesión extraordinaria impugnada en el presente juicio”.