En esta ocasión se renovarán los 39 ayuntamientos de Durango, así como las alcaldías de Puebla, Aguascalientes, Baja California, Quintana Roo y Tamaulipas, y a pesar de que se hace un llamado a los partidos y ciudadanía de llevar una jornada electoral tranquila, no se descartan situaciones que puedan mermar esa tranquilidad.
Para conocer las conductas que podrían ser consideradas como un delito electoral, te presentamos la siguiente información.
La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), señala como delitos, todas las acciones u omisiones que limiten el desarrollo adecuado de un proceso electoral y atenten contra las características del voto, el cual debe ser libre, personal, secreto e intransferible.
Mismas acciones que pueden ser cometidas por los ciudadanos, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y hasta organizaciones religiosas.
De cometer algún delito durante la campaña electoral o en la veda de 3 días previos, hay sanciones contenidas en la Ley en Materia de Delitos Electorales, por lo que bajo ningún motivo un ciudadano debe recoger una o varias credenciales para votar, no debe presionar o amenazar a votar o no por cierto candidato o partido.
Deben evitarse las reuniones donde se invite a votar por algún candidato, así como organizar transporte para invitar a las personas a emitir su voto. El apoderarse, destruir, alterar documentos públicos electorales, o interferir a su traslado también amerita sanción.
Durante la jornada electoral, comete un delito la personas que vote sabiendo que no cumple los requisitos de Ley, vote más de una vez, solicite un pago, retenga credencial de otros ciudadano o se haga pasar por funcionario de casilla.
Los servidores públicos no deben amenazar o coaccionar el voto de sus subordinados en ninguna precampaña o campaña. No debe condicionar el realizar algún servicio o programa de naturaleza social.
No debe utilizar o permitir que sean usados los fondos o bienes de las instituciones en apoyo o prejuicio de un candidato o partido político.
En el caso de los funcionarios de casilla el instalar, abrir o cerrar una casilla fuera de los tiempos previstos o un lugar distinto, se considera delito electoral. No puede expulsar u ordenar a los representantes de partidos ni a los observadores electorales.
El divulgar de manera dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o respecto de sus resultados, es otra situación que se debe evitar.
Cuando la sociedad hace la denuncia correspondiente colabora a la legalidad y transparencia, por lo que en caso de cualquier supuesto llamar a la Fepade para levantar la denuncia correspondiente y apoyarse de las autoridades correspondientes como la policía, agencias del Ministerio Público Federal que dependen de la Procuraduría General de la República.
Puede elaborar un escrito y apoyarse con notarios públicos para dar fe de los testimonios y hechos, incluso la policía también puede levantar un informe de lo ocurrido.
Se deben tomar evidencias como los nombres completos de las personas involucradas, se pueden incluir fotografías, audios, videos y documentos, todo lo necesario para darle el suficiente peso a la denuncia.
Para denuncia vía internet, pueden ingresar directamente a https://www.fepadenet.gob.mx/registro.aspx y llenar el registro de denuncia.