Revocan la candidatura común de PT Morena y PV

También las registradas por el PAN-PRD en los municipios de Durango, Gómez Palacio y Lerdo

Jesús Francisco Sánchez

  · martes 23 de abril de 2019

Corresponde ahora al IEPC resolver a qué contendiente le entrega la constancia de registro por parte de Morena

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación -a través de la Sala Regional de Guadalajara- revocó las candidaturas comunes de los 39 municipios del estado de Durango registradas por Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM), así como las registradas por el PAN-PRD en los municipios de Durango, Gómez Palacio y Lerdo.

La sentencia votada por unanimidad por los tres integrantes del cuerpo colegiado, dejó sin efecto el resolutivo del Tribunal Estatal Electoral de Durango (TEED) que ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) registrar las candidaturas comunes, entre ellas la de Durango, Gómez Palacio y Lerdo, la primera encabezada por el ex alcalde de la capital, Gonzalo Yáñez.

Cabe recordar que previamente el consejo general del IEPC aprobó un acuerdo mediante el que negaba las candidaturas comunes de Morena-PT-PVEM y que -ante impugnaciones presentadas- el TEED emitió una sentencia ordenando al órgano electoral aprobar los registros de dichas candidaturas.

El litigio llegó a la Sala Regional del TEPJF quien ayer en sesión resolvió revocar la sentencia del Tribunal Estatal en Durango.

Conforme a los artículos 99, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 185, 193, 195, 197, fracción VIII y 204 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 7 y 24 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, dada la urgencia, con el objeto de resolver los medios de impugnación que motivaron la integración de los expedientes la Sala Regional correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal con sede en Guadalajara, Jalisco, celebró la sesión pública.

Corresponde ahora al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana resolver sobre a qué contendiente le entrega la constancia de registro por parte del partido político Morena, una vez que ha quedado sin efecto el procedimiento de candidatura común.

En otro medio de impugnación, la Sala Regional resolvió además dejar sin efecto las candidaturas comunes registradas por los partidos PAN y PRD en los municipios de Durango, Gómez Palacio y Lerdo, en virtud de que el comité estatal del partido del sol azteca no acreditó que sus órganos internos hubiesen aprobado la figura de candidatura común.