Ante la afectación cada vez mayor al medio ambiente en nuestra entidad y en donde por ejemplo, en lo que respecta a incendios forestales en 2019 se presentaron 252 incendios forestales con un total de 64 mil 670 hectáreas afectadas, colocando a Durango dentro de las entidades con mayor número de incendios y superficie afectada, así como la mortandad de peces ocurrida en Río Tunal a causa de la descarga de agua residual cruda, es necesario tipificar ya el delito de ecocidio.
En nuestro país, el ecocidio se encuentra ya regulado en estados como Chiapas, Jalisco y recientemente fue presentada la iniciativa para incluirlo en el catálogo de delitos en el estado de Coahuila, contemplando penas que van de dos hasta los doce años y multas de 140 a 860 veces la Unidad de Medida y Actualización.
En base a lo anterior, el grupo parlamentario del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), impulsa en el Congreso del Estado de Durango una iniciativa para añadir en el Código Penal estatal el delito de ecocidio, debiendo entender este como el daño, destrucción o la pérdida vasta, duradera y grave de uno o más ecosistemas, en una zona determinada, de tal manera que la vida y el disfrute de los habitantes, se vea gravemente limitado, ahora o en el futuro.
Los legisladores moerenistas señalan que “los discursos y las buenas intenciones ya no son suficientes para frenar de manera frontal el deterioro ambiental, además de cumplir con el compromiso que adquirimos al ratificar la agenda legislativa común, ejecutando acciones contundentes que permitan la preservación del medio ambiente”.
Por ello, proponen agregar a la legislación que “comete el delito de ecocidio quien por acción, omisión o comisión por omisión provoque directa o indirectamente un daño, destrucción o la perdida vasta, duradera y grave de uno o más ecosistemas, en una zona determinada, de tal manera que la vida y el disfrute de los habitantes, se vea gravemente limitado, ahora o en el futuro”.
Además, al responsable del delito de ecocidio se le sancionará con pena de cinco a doce años de prisión y multa de trescientas sesenta a ochocientas sesenta y cuatro veces la Unidad de Medida y Actualización.
Los impulsores de esta modificación legal son los legisladores Sandra Lilia Amaya Rosales, Pablo César Aguilar Palacio, Luis Iván Gurrola Vega, Alejandro Jurado Flores, Karen Fernanda Pérez, Herrera, Elia del Carmen Tovar Valero, Pedro Amador Castro, Otniel García Navarro, Nancy Carolina Vázquez Luna y Ramón Román Vázquez.