/ martes 13 de noviembre de 2018

Corte desecha recurso de Chihuahua contra Ministro Medina Mora

El gobierno de Chihuahua, pretendía que Medina Mora abandonara el caso, ya que alegaba existe una íntima amistad

Tras el impedimento planteado, el pasado lunes, por el gobierno de Chihuahua en contra del ministro Eduardo Medina Mora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó este recurso, al considerarlo notoriamente improcedente.

Esto, después de que el ministro Medina Mora atrajera, el pasado 29 de octubre, una controversia constitucional y concediera la suspensión de las investigaciones penales que lleva acabo el gobierno de Javier Corral en contra del gobierno de Enrique Peña Nieto.

El gobierno de Chihuahua, pretendía que Medina Mora abandonara el caso, ya que alegaba existe una íntima amistad, lo cual se determinó es improcedente, al establecerse que en controversias constitucionales, no sé ventilar intereses personales sino problemas competenciales.

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado que la figura del impedimento es improcedente tratándose de una controversia constitucional, ya que a quien en realidad se está demandando es propiamente al Estado y no a la persona en quien recae esa representación, pues no estamos en presencia de una acción o de un interés de carácter personal”, se detalló en un comunicado.

Por su parte, se subrayó que el impedimento de ministros dificultaría su resolución al requerirse ocho de 11 votos para sentencias de nulidad.


Tras el impedimento planteado, el pasado lunes, por el gobierno de Chihuahua en contra del ministro Eduardo Medina Mora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó este recurso, al considerarlo notoriamente improcedente.

Esto, después de que el ministro Medina Mora atrajera, el pasado 29 de octubre, una controversia constitucional y concediera la suspensión de las investigaciones penales que lleva acabo el gobierno de Javier Corral en contra del gobierno de Enrique Peña Nieto.

El gobierno de Chihuahua, pretendía que Medina Mora abandonara el caso, ya que alegaba existe una íntima amistad, lo cual se determinó es improcedente, al establecerse que en controversias constitucionales, no sé ventilar intereses personales sino problemas competenciales.

“Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado que la figura del impedimento es improcedente tratándose de una controversia constitucional, ya que a quien en realidad se está demandando es propiamente al Estado y no a la persona en quien recae esa representación, pues no estamos en presencia de una acción o de un interés de carácter personal”, se detalló en un comunicado.

Por su parte, se subrayó que el impedimento de ministros dificultaría su resolución al requerirse ocho de 11 votos para sentencias de nulidad.


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