/ lunes 20 de mayo de 2019

Corte emplaza al Congreso a establecer parámetros para fijar sueldo del Presidente

El ministro presidente Arturo Zaldívar insistió en que se debió sobreseer las acciones de inconstitucionalidad de la CNDH y el Senado ya que no es viable analizar una ley de la que sólo quedan “retazos”

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyo el análisis de la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos, y por mayoría de votos invalidaron porciones normativas de los artículos 6 y 7 que hacen alusión a los parámetros al presupuesto y ordenó al Congreso de la Unión, legislar en el próximo periodo ordinario de sesiones para corregir dichas omisiones y no dar margen a la discrecionalidad.

El artículo 6 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos señala que toda persona, previo a su contratación en un ente público, manifiesta por escrito y bajo protesta de decir verdad que no recibe remuneración alguna por parte de otro ente público, con cargo a recursos federales, sea nivel federal, estatal, del Distrito Federal o municipal.

Precisa: “Cuando se acredita que un servidor público declaró con falsedad queda sin efectos el nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables.

La CNDH y el Senado plantearon la inconstitucionalidad de esta disposición ya que no prevé procedimiento alguno en el que el servidor pueda alegar y probar en su defensa, en un procedimiento en el que se dicte resolución fundada y motivada que dé por terminada la relación laboral.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayan sostiene que existe violación a los derechos fundamentales de seguridad jurídica y de audiencia, ya que la hipótesis normativa prevé la privación de un derecho sin la posibilidad de que el servidor público pueda alegar y probar en su defensa, derecho fundamental de todo gobernado que implica para el legislador, la obligación de consignar aquellos procedimientos en los que se dé oportunidad de defensa al gobernado, antes de ser afectado por el acto de privación.

Mientras que el artículo 7 establece que durante el procedimiento de programación y presupuestación contenido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los poderes federales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los entes con autonomía o independencia reconocida por la Constitución, deben incluir dentro de sus proyectos de presupuesto, los tabuladores de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos, de conformidad con el manual de percepciones de los servidores públicos que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.

El proyecto señala que si bien los artículos 7 y 8 del ordenamiento combatido reconocen la facultad de que los entes elaboren los tabuladores de remuneraciones y los manuales de percepciones respectivos, sin embargo, la autonomía presupuestaria a que se ha hecho referencia queda disminuida al sujetar a un determinado régimen que no permite hacer efectivo el mandato constitucional establecido en su artículo 127, generando un límite no admitido constitucionalmente que influye en la autonomía presupuestaria, pues no permite su pleno ejercicio en el rubro de remuneraciones.

En el análisis el ministro presidente Arturo Zaldívar insistió en que se debió sobreseer las acciones de inconstitucionalidad de la CNDH y el Senado ya que no es viable analizar una ley de la que sólo quedan “retazos”.

“Quedan unos cuantos articulo parchados y aislados y la omisión legislativa, si así se aprueba implica exigirle a la ley que le falta algo que le ordena la constitución, solo tengo pedazos de artículos” señaló el ministro Zaldívar.

Como puedo –dijo- analizar sistémicamente si solo existe en unos cuantos artículos, para que pueda emitir una decisión tengo que tener toda la ley para analizar, la ley reformada puede ser constitucional o no, nunca hemos invalidado una ley por una omisión parcial.

En este sentido, dijo que lo técnico es esperar las nuevas acciones y entonces si poder hacer una calificación y decirle al legislador que tiene que legislar.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyo el análisis de la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos, y por mayoría de votos invalidaron porciones normativas de los artículos 6 y 7 que hacen alusión a los parámetros al presupuesto y ordenó al Congreso de la Unión, legislar en el próximo periodo ordinario de sesiones para corregir dichas omisiones y no dar margen a la discrecionalidad.

El artículo 6 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos señala que toda persona, previo a su contratación en un ente público, manifiesta por escrito y bajo protesta de decir verdad que no recibe remuneración alguna por parte de otro ente público, con cargo a recursos federales, sea nivel federal, estatal, del Distrito Federal o municipal.

Precisa: “Cuando se acredita que un servidor público declaró con falsedad queda sin efectos el nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables.

La CNDH y el Senado plantearon la inconstitucionalidad de esta disposición ya que no prevé procedimiento alguno en el que el servidor pueda alegar y probar en su defensa, en un procedimiento en el que se dicte resolución fundada y motivada que dé por terminada la relación laboral.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayan sostiene que existe violación a los derechos fundamentales de seguridad jurídica y de audiencia, ya que la hipótesis normativa prevé la privación de un derecho sin la posibilidad de que el servidor público pueda alegar y probar en su defensa, derecho fundamental de todo gobernado que implica para el legislador, la obligación de consignar aquellos procedimientos en los que se dé oportunidad de defensa al gobernado, antes de ser afectado por el acto de privación.

Mientras que el artículo 7 establece que durante el procedimiento de programación y presupuestación contenido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los poderes federales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los entes con autonomía o independencia reconocida por la Constitución, deben incluir dentro de sus proyectos de presupuesto, los tabuladores de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos, de conformidad con el manual de percepciones de los servidores públicos que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.

El proyecto señala que si bien los artículos 7 y 8 del ordenamiento combatido reconocen la facultad de que los entes elaboren los tabuladores de remuneraciones y los manuales de percepciones respectivos, sin embargo, la autonomía presupuestaria a que se ha hecho referencia queda disminuida al sujetar a un determinado régimen que no permite hacer efectivo el mandato constitucional establecido en su artículo 127, generando un límite no admitido constitucionalmente que influye en la autonomía presupuestaria, pues no permite su pleno ejercicio en el rubro de remuneraciones.

En el análisis el ministro presidente Arturo Zaldívar insistió en que se debió sobreseer las acciones de inconstitucionalidad de la CNDH y el Senado ya que no es viable analizar una ley de la que sólo quedan “retazos”.

“Quedan unos cuantos articulo parchados y aislados y la omisión legislativa, si así se aprueba implica exigirle a la ley que le falta algo que le ordena la constitución, solo tengo pedazos de artículos” señaló el ministro Zaldívar.

Como puedo –dijo- analizar sistémicamente si solo existe en unos cuantos artículos, para que pueda emitir una decisión tengo que tener toda la ley para analizar, la ley reformada puede ser constitucional o no, nunca hemos invalidado una ley por una omisión parcial.

En este sentido, dijo que lo técnico es esperar las nuevas acciones y entonces si poder hacer una calificación y decirle al legislador que tiene que legislar.

Policiaca

Dan 29 años de cárcel a duranguense por asesinar a su hijo

Fue sentenciado por el delito de homicidio agravado en razón de parentesco y calificado, cometido en contra de su menor hijo, de 10 años de edad

Local

Activan ficha de búsqueda por desaparición del duranguense Rogelio González Medina

Portaba un uniforme deportivo de béisbol, compuesto por una playera blanca con líneas amarillas y verdes, pantalón blanco con franjas azules a los costados y tenis deportivos

Local

¿Quieres conocer a Rafa Carbajal? Tendrá convivencia con causa en Durango

Rafa Carbajal realizará un Meet and Greet el 3 de diciembre en Durango para recaudar fondos para su campaña “Barriga llena, corazón contento”, que apoya a familias vulnerables con despensas

Policiaca

Detienen a jefe de estudios y proyectos de CAED por cohecho

El presunto se llama Hugo Gerardo y se desempeñaba como jefe del Departamento de Estudios y Proyectos de mencionada dependencia estatal

Local

Alertan a ganaderos para no caer en ventas de pánico por presencia de gusano barrenador

El municipio de Durango cuenta con más de 120 mil cabezas de ganado, en su mayoría se dedican a la crianza para la exportación de ganado en pie hacia Estados Unidos

Deportes

Duranguenses bicampeonas en la Liga Femenil MX

Samy Simental y Karol Bernal militan con Monterrey femenil y ganaron la final ante Tigres