/ sábado 27 de enero de 2024

SCJN discutirá constitucionalidad de la eliminación de 109 fideicomisos en 2020

La eliminación de los 109 fideicomisos representa 68 mil 400 millones de pesos

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enlistó para su discusión la próxima semana la inconstitucionalidad del decreto emitido por el Senado de la República en noviembre de 2020, en la que extinguió de un plumazo 109 fideicomisos, lo que representa 68 mil 400 millones de pesos.

El decreto del poder legislativo consistía en la modificación de 17 leyes y la eliminación de dos más, que atienden diferentes temas relacionados con salud, deporte, ciencia, tecnología, medio ambiente, protección civil, cultura y cinematografía, entre otros; para comprar vacunas contra la Covid-19.

La decisión de la eliminación de estos fondos económicos se dio el 21 de octubre de 2020 en la cámara de senadores, con una votación de 64 legisladores a favor y 39 en contra. Dicho decreto entró en vigor el 7 de noviembre de ese año, un día después de que se publicará en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

A partir de esa fecha, las entidades y dependencias a cargo de los fondos y fideicomisos tuvieron 30 días para depositar los recursos en la Tesorería de la Federación. Incluso, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) supervisó la transferencia de los montos a la Tesorería de la Federación.

Posterior a eso, el decreto fue impugnado por diversas senadoras y senadores del Congreso de la Unión ante la SCJN. La acción de inconstitucionalidad quedó lista para su discusión en la Sesión Pública Ordinaria del Pleno del poder judicial del próximo lunes 29 de enero de este año.

La exposición del caso ante el pleno de la Suprema Corte lo hará el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, de acuerdo con la lista oficial de la Secretaría General de Acuerdos del pleno.

El decreto que será discutido argumenta que los ingresos excedentes que se concentren en la Tesorería de la Federación, derivado de los fideicomisos y fondos eliminados, se utilizarían para la atención del Covid-19, incluyendo la compra de vacunas, así como para temas fiscales.

“Los ingresos excedentes que se concentren en la Tesorería de la Federación se destinarán a la atención de la pandemia generada por la Covid-19; incluyendo, la obtención de la vacunas en el número de dosis necesarias, así como para procurar la estabilización del balance fiscal federal y el pago de las obligaciones previamente contraídas por los vehículos financieros”.

Las leyes reformadas, ahora impugnadas por integrantes de la cámara de senadores son: Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; Ley de Hidrocarburos; Ley de la Industria Eléctrica.

Así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley General de Protección Civil, y Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, la Ley de Ciencia y Tecnología; Ley Aduanera; Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; Ley General de Cultura Física y Deporte;

Y la Ley Federal de Cinematografía; Ley Federal de Derechos; Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; Ley General de Cambio Climático; Ley General de Víctimas.

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Mientras que las dos leyes eliminadas fueron: la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, y la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enlistó para su discusión la próxima semana la inconstitucionalidad del decreto emitido por el Senado de la República en noviembre de 2020, en la que extinguió de un plumazo 109 fideicomisos, lo que representa 68 mil 400 millones de pesos.

El decreto del poder legislativo consistía en la modificación de 17 leyes y la eliminación de dos más, que atienden diferentes temas relacionados con salud, deporte, ciencia, tecnología, medio ambiente, protección civil, cultura y cinematografía, entre otros; para comprar vacunas contra la Covid-19.

La decisión de la eliminación de estos fondos económicos se dio el 21 de octubre de 2020 en la cámara de senadores, con una votación de 64 legisladores a favor y 39 en contra. Dicho decreto entró en vigor el 7 de noviembre de ese año, un día después de que se publicará en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

A partir de esa fecha, las entidades y dependencias a cargo de los fondos y fideicomisos tuvieron 30 días para depositar los recursos en la Tesorería de la Federación. Incluso, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) supervisó la transferencia de los montos a la Tesorería de la Federación.

Posterior a eso, el decreto fue impugnado por diversas senadoras y senadores del Congreso de la Unión ante la SCJN. La acción de inconstitucionalidad quedó lista para su discusión en la Sesión Pública Ordinaria del Pleno del poder judicial del próximo lunes 29 de enero de este año.

La exposición del caso ante el pleno de la Suprema Corte lo hará el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, de acuerdo con la lista oficial de la Secretaría General de Acuerdos del pleno.

El decreto que será discutido argumenta que los ingresos excedentes que se concentren en la Tesorería de la Federación, derivado de los fideicomisos y fondos eliminados, se utilizarían para la atención del Covid-19, incluyendo la compra de vacunas, así como para temas fiscales.

“Los ingresos excedentes que se concentren en la Tesorería de la Federación se destinarán a la atención de la pandemia generada por la Covid-19; incluyendo, la obtención de la vacunas en el número de dosis necesarias, así como para procurar la estabilización del balance fiscal federal y el pago de las obligaciones previamente contraídas por los vehículos financieros”.

Las leyes reformadas, ahora impugnadas por integrantes de la cámara de senadores son: Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; Ley de Hidrocarburos; Ley de la Industria Eléctrica.

Así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley General de Protección Civil, y Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, la Ley de Ciencia y Tecnología; Ley Aduanera; Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; Ley General de Cultura Física y Deporte;

Y la Ley Federal de Cinematografía; Ley Federal de Derechos; Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; Ley General de Cambio Climático; Ley General de Víctimas.

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Mientras que las dos leyes eliminadas fueron: la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, y la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores.

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