/ miércoles 29 de noviembre de 2017

Absuelven a Mireles de acusación de apología del delito

El Tercer Tribunal Unitario con sede en Morelia determinó que los agravios o argumentos de la PGR eran inoperantes

El Tercer Tribunal Unitario con sede en Morelia absolvió en forma definitiva al ex líder de las autodefensas de Michoacán, José Manuel Mireles Valverde, de la acusación que le imputó la PGR de provocación para cometer un delito, tras la difusión de un video difundido a través de su cuenta de Twitter.

Se informó que la magistrada María Patricia Aguilar Alvarado confirmó la resolución del 18 de octubre de este año del juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Morelia, quien determinó no vincular a proceso a Mireles como parte de la causa penal 604/2017, al no existir datos para presumir que en su convocatoria se refería a “armas de fuego”.

En su decisión, la impartidora de justicia determinó que los agravios o argumentos ofrecidos por la PGR eran inoperantes y, por ello, confirmó la resolución del juez de control.

De acuerdo a los hecho, José Mireles subió a su cuenta de Twitter un video el pasado 11 de julio, en el que convocó a los grupos de autodefensas de Michoacán a acudir de forma urgente a Tepalcatepec, municipio que, dijo, estaba "sitiado" por militares.

Lee también: Diputado de Michoacán se deslinda del llamado de Mireles

El doctor Mireles y ex líder de las autodefensas llamaba a los grupos a llevar todas las armas que tengan y les pedía estar al pendiente y tratar de evitar confrontaciones.

Fue así que el tercer tribunal unitario del décimo primer circuito del Centro de Justicia Penal en el estado de Michoacán, resolvió no vincular a proceso a José Manuel Mireles por apología del delito.

De acuerdo con la sentencia 12/2017 "a virtud de que los agravios expuestos por el representante social federal resultaron inoperantes, lo procedente es confirmar la determinación recurrida."

Es de recordar que en octubre pasado, la Procuraduría General de la República (PGR) se desistió de la acusación en contra de José Manuel Mireles por el delito de sedición y la cambió por el de apología del delito, pena que se cubre con 180 días de jornadas comunitarias.

El Tercer Tribunal Unitario con sede en Morelia absolvió en forma definitiva al ex líder de las autodefensas de Michoacán, José Manuel Mireles Valverde, de la acusación que le imputó la PGR de provocación para cometer un delito, tras la difusión de un video difundido a través de su cuenta de Twitter.

Se informó que la magistrada María Patricia Aguilar Alvarado confirmó la resolución del 18 de octubre de este año del juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Morelia, quien determinó no vincular a proceso a Mireles como parte de la causa penal 604/2017, al no existir datos para presumir que en su convocatoria se refería a “armas de fuego”.

En su decisión, la impartidora de justicia determinó que los agravios o argumentos ofrecidos por la PGR eran inoperantes y, por ello, confirmó la resolución del juez de control.

De acuerdo a los hecho, José Mireles subió a su cuenta de Twitter un video el pasado 11 de julio, en el que convocó a los grupos de autodefensas de Michoacán a acudir de forma urgente a Tepalcatepec, municipio que, dijo, estaba "sitiado" por militares.

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El doctor Mireles y ex líder de las autodefensas llamaba a los grupos a llevar todas las armas que tengan y les pedía estar al pendiente y tratar de evitar confrontaciones.

Fue así que el tercer tribunal unitario del décimo primer circuito del Centro de Justicia Penal en el estado de Michoacán, resolvió no vincular a proceso a José Manuel Mireles por apología del delito.

De acuerdo con la sentencia 12/2017 "a virtud de que los agravios expuestos por el representante social federal resultaron inoperantes, lo procedente es confirmar la determinación recurrida."

Es de recordar que en octubre pasado, la Procuraduría General de la República (PGR) se desistió de la acusación en contra de José Manuel Mireles por el delito de sedición y la cambió por el de apología del delito, pena que se cubre con 180 días de jornadas comunitarias.

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